Preguntas Frecuentes
¿Debe pagar timbres el documento electrónico?
Si. En la emisión de documentos electrónicos se tendrán que cumplir con los mismos deberes y cargas fiscales que en los documentos en formato de papel.
El notario (a) deberá indicar siempre en el documento el número de entero y transacción bancaria, y dar fe mediante la afirmación expresa haber cancelado los derechos o timbres correspondientes.