Unidad Legal Notarial

Nombre del servicio: Devolución del Fondo de Garantía Notarial

Descripción

Este servicio está dirigido a la devolución del Fondo de Garantía Notarial de aquellos notarios públicos que se encuentren inactivos en el ejercicio de la función notarial y que así lo soliciten.

Requisitos indispensables

• Formulario Oficial (DNN-010) debidamente completado y suscrito en forma física o digital.

• Constancias, certificaciones y declaraciones deben tener máximo un mes de emitidas.

• Original y copia del documento de identidad, legalmente válido y vigente.

• Sólo se dará trámite a la devolución del Fondo de Garantía del Notario cesado o inhabilitado voluntaria o forzosamente; mediante el Formulario dispuesto al efecto puede tramitar conjuntamente el cese y la devolución del FGN. NO procede la devolución de cuotas del Notario únicamente suspendido.

• El Notario deberá estar al día en todos los deberes funcionales: Devolución del tomo de Protocolo al Estado (Archivo Notarial), presentación de Índices de instrumentos públicos, etc.

•Declaración Jurada (debe optar por una de las siguientes opciones):
1) Llenar y aportar el documento de declaración jurada anexo a este formulario, debidamente suscrito mediante firma digital certificada con sellado de tiempo, o bien, entregarlo de forma presencial con firma manuscrita;
2) Aportar testimonio de escritura pública con declaración jurada ante Notario al día en todos sus deberes funcionales (Índices, Seguro de responsabilidad civil profesional, Actualización de Datos) (se sugiere apoyarse en el formato modelo -no en el contenido- a disposición en nuestra página Web); con timbres (₡187.50 Fiscal, ₡275 Abogado) y estrictas formalidades notariales. En primera persona y en forma categórica y expresa deberá declarar si tiene o no procesos judiciales en su contra, en trámite o terminados, con reclamos, acciones o pretensiones resarcitorias fundadas directa o indirectamente en sus actuaciones notariales.

Advertencia: Para autorizar la devolución, es requisito constatar que no exista proceso con pretensión resarcitoria en contra del notario, en trámite o pendiente de pago, ante cualquier autoridad jurisdiccional. La Dirección Nacional de Notariado verificará de oficio ante el Juzgado Notarial la existencia o no de este tipo de causas. No se dará curso al trámite hasta tanto no contar con dicha información judicial y de BCR Pensiones. Para mayor celeridad el interesado puede aportar junto con esta solicitud la constancia original de estilo que al efecto emite el Juzgado Notarial.

Este trámite corresponde a Unidad Legal Notarial (ULN). Si tiene alguna duda o necesita mayor información puede realizar sus consultas en:

Contacto para el trámite:

servicios_uln@dnn.go.cr

Otros servicios

Rehabilitación de Notario Público Pleno

Este servicio está dirigido a la habilitación en el ejercicio de la función notarial de aquellos notarios públicos que previa y oportunamente hayan sido cesados o inhabilitados en el ejercicio de la función notarial (No aplica para Notarios Suspendidos).

 

Habilitación de Notario Público Pleno

Este servicio está dirigido a la habilitación en el ejercicio de la función notarial de aquellos notarios que se encuentren inscritos pero que no hayan sido habilitados ni juramentados.

Inscripción y habilitación de Notario Público Pleno

Este servicio está dirigido a la habilitación en el ejercicio de la función notarial de aquellas personas que cumplen la totalidad de requisitos para el ejercicio de la función notarial bajo la modalidad de Notario Pleno.