Preguntas Frecuentes

¿Qué es el seguro de responsabilidad civil profesional para Notarios Públicos?

El día 16 de noviembre de 2021 fue publicada en el diario oficial La Gaceta la Ley N° 10057, mediante la cual se reforma el Código Notarial en sus artículos 4 y 9, y se adiciona el inciso e) al artículo 13.

La citada ley establece el seguro de responsabilidad civil profesional para las notarias y notarios públicos, el cual será un requisito obligatorio para todas las personas que ejerzan la función notarial.

Este seguro tendrá como objetivo garantizar a las partes y terceros el pago de una eventual indemnización por los daños y perjuicios causados en el ejercicio de la función notarial, constituyéndose en una garantía por concepto de responsabilidad civil debidamente comprobada.

 

Este seguro tendrá las siguientes características:

a) Se podrá adquirir de forma anual con alguna de las entidades aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica, de conformidad con la Ley 3653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, de 22 de julio de 2008.

b) La responsabilidad es individual, no es gremial ni solidaria.

c) El monto mínimo de cobertura por período póliza será el equivalente a 55 salarios base de un oficinista 1 definido en el artículo 2 de la Ley 7337, de 5 de mayo de 1993.

d) Los notarios y las notarías tendrán la obligación de reportar, a la Dirección Nacional de Notariado, el pago anual de esta póliza, con un mes calendario de antelación al vencimiento anual periódico del año anterior. Esta Dirección emitirá los lineamientos correspondientes para regular los procedimientos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de esta obligación.

 

La referida ley le otorga a la Dirección Nacional de Notariado tres meses para regular los procedimientos administrativos necesarios, con los requisitos y procedimientos correspondientes para que los notarios y notarias activos aporten a la DNN el comprobante de suscripción del seguro de responsabilidad civil, e igualmente, procedan con el retiro del Fondo de Garantía Notarial, previa solicitud de cada interesado, según los aportes que individualmente realizaron, más los rendimientos financieros generados.

 

En el siguiente link puede encontrar la información relacionada al comunicado de la Ley 10057: 

https://www.dnn.go.cr/noticias/comunicado-ley-10057-poliza-de-responsab…

Video: Consultas sobre devolución del FGN y suscripción del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional:

https://www.youtube.com/watch?v=toHcPLiaflQ&t=54s