Avisos

Recordatorio: Protocolizaciones Notariales en los procesos judiciales de cobro

22 de Octubre del 2021
En virtud que hemos recibido consultas sobre el tema, les recordamos que en el acuerdo del Consejo Superior Notarial N° 2021-014-003 se estableció lo siguiente:

a)           Se da por recibido informe presentado por parte de los miembros del Consejo Superior Notarial que integran la comisión de trabajo designada para responder a la consulta realizada por el Banco Nacional, el pasado 30 de abril de 2021, mediante el oficio SGRC-128-2021, y se aprueba remitir al Banco Nacional la respuesta elaborada por la comisión, de acuerdo con lo consultado.

b)           Se establece que las protocolizaciones notariales en los procesos judiciales de cobro judicial se encuentran al amparo del artículo 105 del Código Notarial; que este tipo de documentos notariales, si bien están cubiertos por la fe pública notarial, tienen características y efectos diferentes y específicos que hacen que la participación del notario se circunscriba a revisar la existencia y contenido de un documento pre establecido y que limita su labor de asesoría a los efectos jurídicos que este pueda tener, debido a que se trata de documentos que no son producto de una construcción propia del notario y las partes, por lo que no se podrían equiparar a las actas, certificaciones o escrituras públicas en donde si hay una construcción conjunta y directa del notario y, por lo tanto, si podría autorizarse la participación de un profesional en derecho que habiendo participado como abogado en el proceso judicial respectivo, se le comisione como notario público, a solicitud de parte y autorización expresa del Juez competente, a la protocolización de piezas del expediente.

c)            Se deja sin efecto el Acuerdo 2017-001-014, del 12 de enero de 2017, en el tanto se estableció: “que la prohibición que regula la norma del artículo 7 inciso c) del Código Notarial es absoluta, y no está condicionada al tipo de acto o de contrato que se lleve a cabo…”, en torno a las protocolizaciones notariales de piezas en los procesos judiciales de cobro por las razones expuestas. Se acuerda dejar sin efecto cualquier otro pronunciamiento de este Órgano en el mismo sentido del acuerdo derogado en lo relativo a las protocolizaciones.

Protocolizaciones Notariales en los procesos judiciales de cobro

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