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Consejo Superior Notarial actualiza reglas de legibilidad para los documentos notariales

27 de Agosto del 2026 | La Gaceta Nº 162 — Jueves 27 de agosto del 2026
Mediante publicación en diario oficial La Gaceta Nº 162 — Jueves 27 de agosto del 2026; se comunica reforma al artículo 11 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial. Con dicha reforma se concede un plazo de tres meses para que los notarios puedan ajustarse a los nuevos cambios.

 

El Consejo Superior Notarial aprobó una reforma al artículo 11 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, con el propósito de fortalecer la legibilidad, accesibilidad y conservación de los documentos notariales, tanto en soporte físico como electrónico. La modificación fue adoptada mediante acuerdo unánime en la sesión ordinaria N.° 14 del 24 de junio de 2026 y entró en vigencia con su publicación en La Gaceta N.° 162 del 27 de agosto de 2026.

La actualización establece criterios mínimos relacionados con el tamaño de letra, el uso de tipografías de fácil lectura, el espaciado entre líneas y caracteres, la cantidad máxima de líneas por página y las características de las firmas y anotaciones manuscritas. Estas disposiciones responden a la necesidad de garantizar que los documentos notariales puedan ser leídos, interpretados y conservados adecuadamente a lo largo del tiempo.

Entre los principales cambios destaca la utilización de fuentes accesibles tipo sans serif (sin serifas), como Arial, Tahoma, Verdana, Helvética o Century Gothic, así como un tamaño mínimo de letra de 12 puntos, lo cual aplica por igual para cualquier tipo de acto, sea protocolar o extraprotocolar. Asimismo, se refuerzan las condiciones para asegurar una correcta lectura de los documentos físicos y una adecuada captura de imagen en los procesos de conservación tecnológica, mediante el uso de tintas oscuras y de alta visibilidad.

La reforma también reconoce la evolución de la actividad notarial hacia entornos digitales, por lo que dispone que los documentos extraprotocolares emitidos en formato electrónico deberán cumplir con estos estándares, sin perjuicio de las demás medidas de seguridad y formalidades aplicables.

Consciente de los ajustes operativos que estas disposiciones pueden requerir, el Consejo Superior Notarial concedió un plazo transitorio de tres meses para que los notarios adecuen sus formatos y plantillas de trabajo. Además, se garantiza que los documentos emitidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la reforma conservarán plenamente su validez y eficacia jurídica.

Esta actualización busca promover una práctica notarial cada vez más accesible, uniforme y alineada con las necesidades actuales de las personas usuarias, contribuyendo a una mejor comprensión de los documentos y a una gestión documental más segura y eficiente para todos los actores involucrados en la función notarial.

 

En el enlace abajo de esta misma nota, en documentos relacionados, puede encontrar el extracto de la publicación del Diario Oficial antes mencionada.

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