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Comunicado por parte del Ministerio de Hacienda, en el cual se hace referencia a la cantidad de personas jurídicas que presentaron la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF).

17 de Junio del 2021 | Dirección Ejecutiva DNN

 CERCA DEL 88 % DE LAS PERSONAS JURÍDICAS PRESENTARON

LA DECLARACIÓN DEL REGISTRO DE TRANSPARENCIA Y BENEFICIARIOS FINALES (RTBF)

  • Incumplir con esta obligación implica fuertes sanciones.
  • La declaración se puede acceder desde la página web de Central Directo del Banco Central. 

Un total de 242.036 personas jurídicas (87.9%) presentó la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) dentro del plazo establecido que venció el 31 de mayo. Incumplir con esta obligación conlleva fuertes sanciones tanto pecuniarias (económicas) como relacionadas con la no emisión de certificaciones e inscripción de documentos, entre otros.

Esta información no considera 76.819 personas jurídicas que están en proceso de disolución por haber omitido el pago del impuesto a personas jurídicas en tres o más periodos.

De conformidad con la normativa vigente, el 12.1% (33.305) que incumplió dentro del plazo debe pagar una multa proporcional del 2% (dos por ciento) sobre los ingresos brutos del impuesto a las utilidades, correspondientes al periodo anterior a aquel en que se produjo la infracción.

Además, el Registro Nacional no emitirá certificaciones de personería jurídica o inscribirá documentos a quien no se encuentre al día con esta declaración. Asimismo, los notarios públicos deberán consignar este incumplimiento en los documentos que emitan.

Por otra parte, toda persona física o jurídica que desee obtener o tramitar ante la Administración Central (ministerios) o entes descentralizados, cualquier régimen de exoneración o incentivo fiscal, un proceso de contratación pública, concesión, permiso o autorización para explotar bienes o servicios públicos, así como ejercer una actividad lucrativa que requiera licencia municipal, deberá encontrarse al día con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda.  

Las personas jurídicas que aún no estén al día con la presentación de la declaración del RTBF, pueden completarla en el siguiente enlace: https://www.centraldirecto.fi.cr/Sitio/CentralDirecto/Inicio/RegistroDeAccionistas

Para más información, el interesado puede ingresar a la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, apartado RTBF, sobre banner de avisos.

Comunicado Ministerio de Hacienda.

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